Inspección de Trabajo nos da la razón respecto al permiso retribuido por hospitalización o enfermedad grave en el Hospital Quirón

Inspección de Trabajo nos da la razón respecto al permiso retribuido por hospitalización o enfermedad grave en el Hospital Quirón

Tras una denuncia a Inspección de Trabajo por las delegadas de OSTA en Quirón, la misma nos da la razón para el disfrute del permiso retribuido por hospitalización o enfermedad grave, lo que demuestra que otra clase de sindicalismo es posible.

El 18 de diciembre de 2023 las delegadas de OSTA del Hospital Quirón de Zaragoza presentan una denuncia ante la Inspección de trabajo, con respecto al permiso retribuido por hospitalización o enfermedad grave debido a unas discrepancias surgidas entre la Dirección de la empresa y los trabajadores en la interpretación de dicho permiso.

La resolución de la Inspección de trabajo es clara y favorable a OSTA y recoge lo siguiente:

Los trabajadores del Sector de la Sanidad Privada de Aragón según el art 42.c del Convenio Colectivo de aplicación disfrutarán de 3 días laborables de permiso retribuido al inicio durante o al alta hospitalaria.  en todos los casos de hospitalización y enfermedad grave por familiar hasta el segundo grado de consanguinidad

En caso de que el ingreso se amplié a 5 días o en el caso de que el alta hospitalaria se produzca al tercer día, con justificante medico de que precisa reposo, el permiso se ampliara hasta 5 días laborables, en base al art 37.3 del Estatuto de los trabajadores.

Para la sección sindical de OSTA esta resolución la calificamos como muy positiva para la plantilla de Quirón, ya que aclara el disfrute de este permiso, que ha sido caballo de batalla para muchos trabajadores y trabajadoras del centro.

Nuevos permisos para la conciliación familiar

Nuevos permisos para la conciliación familiar

Desde el 28 de junio de 2023 se han implementado importantes cambios en los permisos laborales retribuidos en España recogidos en el Real Decreto 5/2023 en el Boletín Oficial del Estado, que tiene como objetivo promover la conciliación de la vida familiar y profesional, y seguir la normativa europea.

Estos nuevos permisos laborales buscan garantizar la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y afectan en ámbitos diversos:

  • Cuidado de menores
  • Situaciones de enfermedad o fuerza mayor que impidan al trabajador desarrollar sus tareas con normalidad.
  • Equiparación de las parejas de hecho a las de matrimonio

Además de los nuevos permisos, se han aprobado variaciones y cambios respecto a algunos que existían anteriormente.  

No todos los permisos serán retribuidos, por lo que te invitamos a leer el documento explicativo, para conocer bien tus derechos, restricciones y posibles obligaciones.

Permisos para las votaciones del 26 de mayo para trabajadores o miembros de mesa

Permisos para las votaciones del 26 de mayo para trabajadores o miembros de mesa

¿Qué trabajadores tendrán derecho a permiso retribuido y en qué condiciones?

Aquellos trabajadores que el próximo 26 de mayo tengan que trabajar tendrán derecho a un permiso retribuido para votar cuya duración dependerá del tiempo en el que coincida su horario laboral con el de apertura del colegio electoral. Así, se establecen los siguientes permisos durante la jornada electoral:

– Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de los colegios electorales (De 9:00 a 20:00 horas) o cuya jornada sea inferior a 2 horas: No tendrán derecho a permiso retribuido ya que la jornada de trabajo no le impide ir a votar.

– Trabajadores cuyo horario coincida en 2 o más horas y que éste sea de menos de 4 horas: Tendrán derecho a un permiso retribuido de 2 horas.

– Trabajadores cuyo horario coincida entre 4 y 6 horas con el de los colegios electorales: Tendrán permiso retribuido de 3 horas.

– Trabajadores cuyo horario coincida en 6 o más horas con el de los colegios electorales: Tendrán derecho a un permiso retribuido de 4 horas.

Hay que destacar que los trabajadores contratados a tiempo parcial que realizasen una jornada inferior a la habitual, la duración del permiso retribuido se reducirá en proporción a la relación entre la jornada de trabajo que desarrolle y la jornada habitual de los trabajadores contratados a tiempo completo en la misma empresa.

En materia de organización del trabajo, será la empresa la encargada de establecer los horarios en los que cada trabajador disfrutará de su permiso retribuido. Además, la empresa puede requerir a los trabajadores que justifiquen su ausencia con el justificante correspondiente que les entregarán en el colegio electoral.

¿Qué ocurre si los trabajadores son llamados para formar parte de la Mesa Electoral?

En el caso de que los trabajadores hayan sido llamados a formar parte de una mesa electoral ya sea como Presidente o Vocal, tendrán derecho a un permiso retribuido de la jornada completa durante el día de la votación siempre que sea día laborable para el trabajador.

Adicionalmente, también tendrán derecho a un permiso retribuido de 5 horas el día inmediatamente posterior a las Elecciones, es decir, el 27 de mayo.

Este permiso de 5 horas el día siguiente a las elecciones, lo disfrutaran todos los trabajadores que hayan formado parte de la mesa electoral, con independencia de que el día 26 les correspondiera o no descanso semanal.

RECOMENDACIONES:

Si alguno de los trabajadores que forma parte de la plantilla de su empresa se encuentre en alguna de estas situaciones, no dude en ponerse en contacto con su consultor, quién le asesorará para una correcta aplicación de la normativa.

Para los votantes que hayan sido llamados como suplentes para ocupar una mesa electoral, deberán acudir al colegio y si necesitan de sus servicios le corresponderán los permisos retribuidos antes mencionados y si no se necesitara de sus servicios, deberán volver a su puesto de trabajo inmediatamente no teniendo derecho a ningún permiso retribuido.

¿Qué ocurre si el trabajador miembro de la Mesa Electoral trabaja en turno de noche?

Si el trabajador se encuentra en esta situación, el día anterior a las Elecciones (el 25 de mayo) podrá pedir el cambio de turno para poder descansar de cara a la jornada electoral, pero, en cambio, el día siguiente a las Elecciones (el 27 de mayo) sí deberá trabajar, aunque sea en el turno de noche, pero con una reducción de 5 horas.

Trabajadores que ejercen el derecho a voto mediante correo

Si el trabajador desea ejercer su voto por correo, tendrán derecho a un permiso retribuido de hasta 4 horas para realizar la solicitud de certificado acreditativo de inscripción en el censo y para la remisión del voto por correo. Este permiso se reducirá proporcionalmente según la jornada de cada trabajador.