El convenio del comercio metal de Zaragoza no garantiza el poder adquisitivo

El convenio del comercio metal de Zaragoza no garantiza el poder adquisitivo

El día 19 de marzo se ha procedido a la firma del convenio colectivo del comercio metal para a provincia de Zaragoza, y que OSTA no ha suscrito puesto que ni siquiera garantiza el poder adquisitivo de los y las trabajadoras del sector.

El texto solo recoge dos puntos salariales (uno de ellos en estudio):

Para el año 2023, el incremento salarial acordado es un 0%, por lo que el año 2024 comienza con una pérdida del poder adquisitivo del -3,10%.

Para el año 2024, el incremento pactado es del 5%, pero sin cláusula de revisión salarial del IPC de los dos años de vigencia del convenio, lo que deja en el aire la garantía del poder adquisitivo, clausula eliminada del texto y que hasta ahora estaba incluida, lo que entendemos como un cheque en blanco para la patronal del sector.

Como segundo punto, se recoge un compromiso, por parte de la patronal, de eliminar las dobles escalas (“excategorías”), acordadas en el año 2018 por los sindicatos “institucionalizados” y que OSTA ya se negó a firmar en su momento, siendo su eliminación una de nuestras reivindicaciones en cada negociación de convenio, por ser completamente discriminatoria, aunque esperaremos para ver cómo se traduce este «compromiso» en hechos reales.

Es curioso que las únicas dos condiciones acordadas por CCOO, único firmante del convenio colectivo, no respeta el Acuerdo Estatal de Negociación Colectiva, que este mismo sindicato, tiene acordado con la patronal.

Por otro lado, esta negociación no ha mejorado ningún aspecto social, organizativo, ni de conciliación, manteniendo una jornada laboral de 1770 horas, una jornada muy superior a la jornada laboral media en Aragón, que se sitúa en 1757 horas; y es incluso superior a la media de los pactos sectoriales que se sitúa en 1763 horas.

Los convenios están para mejorar las condiciones de la clase trabajadora. Desde OSTA nos oponemos al mismo y no suscribiremos un texto que ha sido negociado en un tiempo exprés de mes y medio; no ha conseguido ninguna mejora social, de permisos, ayudas, de conciliación, no garantiza el poder adquisitivo y elimina la cláusula de revisión salarial que garantizaba el IPC… dejando en evidencia al sindicato firmante.

La patronal del Comercio Metal no quiere aplicar la revisión salarial firmada en Convenio

La patronal del Comercio Metal no quiere aplicar la revisión salarial firmada en Convenio

La revisión salarial según el artículo 13 del convenio de Comercio- metal de la provincia de Zaragoza sigue sin acuerdo, lo que entendemos que es un grave incumplimiento por la parte empresarial, lo que suscita dos graves consecuencias:

1. Los trabajadores y trabajadoras del sector no recuperan a corto plazo el poder adquisitivo perdido los años de vigencia del convenio , con unas altas tasas de inflación.

2. No se pueden confeccionar las tablas salariales definitivas del 2023 para poder tomarlas como referencia para negociar el nuevo convenio, ya que el actual acabó su vigencia el 31 de diciembre del 2022.

ante esto, nos encontramos con el siguiente conflicto:

La revisión salarial de este convenio y que debe hacerse para cumplir lo firmado por las partes,( OSTA no suscribió este convenio), debe tener en cuenta el IPC del 2021 que quedo determinado en un 6,5% + el IPC del año 2022 que se estableció en un 5,7%. A estos datos hay que restar lo incrementado en convenio y tablas que fue un total de un 4,05%.

De esta operación resulta un 8,5% que es lo que se debe aplicar a la revisión salarial.

La parte Empresarial entiende que la aplicación de la revisión salarial debe hacerse de otra forma que resulta más ventajosa y barata para ellos y por supuesto más perjudicial para los y las trabajadoras del sector.

Por último y debido a que OSTA no firmó el convenio, por entenderlo insuficiente, no podemos participar en la comisión paritaria que interpreta el Convenio y por lo tanto los sindicatos firmantes para que se cumpla lo pactado, no les queda otra opción que interponer demanda al SAMA donde habrá una mediación entre las partes para intentar llegar a un acuerdo, caso de no ser así, el asunto quedaría en manos de la vía judicial, lo que el tiempo se alargaría.