OSTA no firma el Convenio de monitoras de comedor de Aragón

Las delegadas de OSTA en el Sector NO firman el Convenio Autonómico de monitoras de comedor

El pasado 18 de julio, los sindicatos mayoritarios y estatales han firmado un acuerdo en el SAMA que desbloquea el Convenio Colectivo de monitoras de comedor y da un plazo de quince días para su firma.

OSTA, desde un primer momento, ha entendido que, ante la salida de unos nuevos pliegos, este era un Convenio para poder conseguir mejoras salariales y laborales y por eso presentó propuestas económicas y sociales por encima del resto de sindicatos y por ello no pudo unificar su plataforma con la del resto.

Nuestra reivindicación económica ha sido clara: NO QUEREMOS PERDER PODER ADQUISITIVO. El Acuerdo supone que de enero a junio de 2024 nuestros salarios han quedado congelados y que el incremento solo se realizará a partir de 1 de septiembre de 2024; por lo tanto este año 2024 perdemos dinero.

El acuerdo alcanzado en materia salarial es el siguiente: para el año 2024 un incremento del 3% desde el 1 de septiembre; 2025 el 3% y 2026 el 2,5%. Además, se firma una revisión salarial para la finalización del Convenio que, en caso de activarse, no supondrá para las plantillas un pago de atrasos, solo irá a tablas y será aplicable a partir de 2027.

En cuanto al resto de cuestiones, y materiales sociales no ha habido avances, únicamente se adecuará el Convenio a las nuevas licencias que ya está recogidas en el Estatuto. El resto de modificaciones más importantes son las siguientes:

Se ha modificado el artículo 31 licencias no retribuidas quedando de la siguiente forma: El personal podrá disfrutar una licencia no retribuida de 20 días laborales al año. Estos días podrán solicitarse de forma fraccionada en un máximo de cuatro períodos anuales con una duración mínima de 2 días por cada período. Excepcionalmente, la duración mínima de esta licencia podrá ser de un día por período hasta dos veces al año, con motivo del acompañamiento al médico especialista de familiar de hasta segundo grado de consanguinidad, debiendo ser justificado ese extremo.

También se ha modificado el artículo 12 que queda así “La empresa deberá llamar a la plantilla al inicio de las actividades, si bien en atención al volumen de trabajo en el centro laboral, dispondrá para convocar de un margen de 35 días hábiles, entendiendo como tal de lunes a viernes inclusive menos los festivos, desde la fecha habitual de incorporación del trabajador. Se entenderá que el trabajador renuncia a su puesto de trabajo en la empresa si no se incorpora al mismo en la fecha para la que se le ha convocado, sin justificación alguna.

Desde OSTA hemos transmitido que el posible Acuerdo se trasladará a una Asamblea para que el Sector pudiera opinar y valorar lo que teníamos encima de la mesa, opción que no fue tomada en cuenta en ningún momento por el resto de la mesa negociadora. No entendemos porque no se ha querido realizar una Asamblea de Sector.

Para las delegadas de OSTA, este Acuerdo no cumple las expectativas que teníamos a la hora de comenzar la negociación, en materia salarial es insuficiente, no recuperamos derechos y no generamos otros nuevos. Supone una pérdida más de poder adquisitivo para este sector. Desde el principio de la negociación, siempre hemos querido el mejor convenio posible, por ello hemos estado aportando nuestro trabajo hasta el último momento, a pesar de no estar conformes en algunos aspectos de la negociación.

Este Acuerdo se aleja de los diferentes acuerdos e incrementos realizados en la negociación colectiva para 2024 y por ello entendemos que es insuficiente.

En 2027 volveremos a tener negociación y OSTA seguirá trabajando para que las condiciones laborales del sector mejoren y no sufran otra parálisis como la de este año.

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