OSTA ha ganado en sala judicial el conflicto colectivo que se interpuso en el año 2019 sobre el pago del complemento vacacional, tras la negativa de la empresa, Servicios Personas y Salud (QUIRON) a abonarlo tal y como establece la norma.
Desde OSTA denunciamos que durante el periodo vacacional, se debería pagar una media de todos los conceptos salariales variables percibidos anteriormente a las vacaciones, entre los que se encuentran festivos especiales, domingos, festivos y nocturnidad, ya que la empresa, para llevar a cabo el cálculo, excluía los festivos del abono del mismo.
Es por ello, que la justicia nos ha dado la razón, resolviendo que todos los trabajadores y trabajadoras que hayan trabajado durante al menos seis meses de los once anteriores al disfrute de vacaciones, deben percibir en su nómina el concepto: Plus Vacaciones, en el que para su cálculo se deberán incluir todos los conceptos salariales variables con los que cuente el trabajador y no solo unos pocos, como hasta la actualidad estaba abonando la empresa.
Esta sentencia también determina que la empresa deberá abonar a los trabajadores de SPS la deuda ocasionada por esta circunstancia con la plantilla desde el año 2018.