El día 3 de mayo, la Sección Sindical de OSTA en el Ayuntamiento de Zaragoza, ha presentado una queja ante el Justicia de Aragón, Ángel Dolado. En ella, denunciamos el uso y abuso de las Comisiones de Servicio, así como el incumplimiento de la legislación vigente y del actual Pacto Convenio, en cuanto a la convocatoria de Concursos de Méritos para cubrir la provisión de puestos de trabajo.
El actual Equipo de Gobierno (ZeC) del Ayuntamiento de Zaragoza viene utilizando desde 2015, de forma continuada y abusiva, la comisión de servicios como sistema general de provisión de puestos de trabajo.
La Sección Sindical de OSTA en el Ayuntamiento, en numerosas ocasiones y en diferentes mesas de negociación, ha planteado el cese de este sistema y el cumplimiento de lo señalado en el artículo 27 del vigente Pacto de aplicación al Personal Funcionario del Ayuntamiento de Zaragoza 2016-2019, en el sentido de que en el último trimestre del año se convoque la provisión de los puestos vacantes mediante concurso de méritos, manifestándosenos verbalmente, por parte de los responsables del Área de Servicios Públicos y Personal, que no estaba prevista dicha convocatoria.
Ante estas negativas verbales, OSTA, con fecha 22 de febrero de 2018 y mediante instancia por Registro General, solicitamos el cumplimiento de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, así como el cumplimiento de lo señalado en el artículo 27 del vigente Pacto de aplicación al Personal Funcionario del Ayuntamiento de Zaragoza 2016-2019. A fecha de hoy tampoco hemos tenido contestación expresa a nuestra petición.
Asimismo, el Pleno de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Zaragoza, en sesión celebrada el día 25 de abril de 2018, aprobó por unanimidad y a propuesta de OSTA, una declaración contra el uso de la Comisión de Servicios como sistema de provisión de puestos de trabajo y contra las continuas modificaciones parciales de la RPT.
El Sindicato OSTA ya se dirigió a los tribunales de justicia, recurriendo frente a la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición interpuesto contra el Decreto de 30 de octubre de 2015 de la Consejería de Participación Ciudadana y Régimen Interior del Ayuntamiento de Zaragoza por el que se aprueba la convocatoria y las bases para la provisión, en comisión de servicios, de varios puestos vacantes del Ayuntamiento de Zaragoza.
La Sentencia del TSJA de 15 de julio de 2016, recuerda que “Las citadas comisiones de servicios tendrán una duración máxima de seis meses, prorrogable por otros seis, en caso de no haberse cubierto el puesto con carácter definitivo.”
El Justicia de Aragón, en Expediente del año 2000, en la Resolución del mismo, una de las recomendaciones que hacía al Excmo. Sr. Consejero de Economía, Hacienda y Empleo del Gobierno de Aragón, era que “La Diputación General de Aragón debe procurar reducir al mínimo imprescindible el tiempo de duración de las comisiones de servicio. Asimismo deben ofertarse en concurso de méritos todos aquellos puestos vacantes que estén desempeñados en comisión de servicios desde hace más de un año.”.
Por todo ello, OSTA ha presentado la correspondiente queja ante el Justicia de Aragón y, si así lo estima procedente, se dé traslado de la misma al Ayuntamiento de Zaragoza, al objeto de que se dé cumplimiento a la normativa vigente y especialmente a lo establecido en el artículo 27 del vigente Pacto de aplicación al Personal Funcionario del Ayuntamiento de Zaragoza 2016-2019.