La sentencia del juzgado de lo social Número 5 de Zaragoza, da la razón al Comité de empresa de Alumalsa en la demanda interpuesta por la eliminación de una mejora social que contiene el convenio de empresa.
La mejora, consiste en que el pago de las pagas extras es siempre al 100%, independientemente de que se haya tenido suspendido el contrato de trabajo por disfrutar el permiso de maternidad.
Tras la finalización del periodo de consultas entre el Comité de empresa y la Dirección “sin acuerdo”, la empresa procedió a ejecutar la imposición unilateral de no abonar la totalidad de las pagas extraordinarias en caso de haber disfrutado el permiso de maternidad.
Tras conocer la imposición, la respuesta del Comité de empresa fue la de impugnar dicha Modificación iniciando conflicto colectivo.
Después de muchos días de espera, el jueves 9 de septiembre de 2021, dictó Sentencia, estimando la demanda interpuesta por el Comité de empresa declarando NULA la decisión empresarial.
La resolución, condena a la empresa demandada a reponer las cuantías de las personas afectadas por la medida en las mismas condiciones que disfrutaban antes de la decisión empresarial.
Desde la sección sindical de OSTA en Alumalsa, queremos mostrar nuestra satisfacción ante esta favorable resolución judicial, cuya transcendencia a futuro puede ser importante para una gran mayoría de trabajadores y trabajadoras de la fábrica.
Por último, queremos agradecer a toda la plantilla, el apoyo que nos habéis dado tanto en este proceso como en otras situaciones más traumáticas y queremos que sepáis, que cualquier incumplimiento que se promueva en cualquier ámbito fuera de la ley, confrontará con la defensa de los intereses de nuestra sección sindical, que nos son otros que la mejora y el mantenimiento de nuestras condiciones laborales.