04/05/18 | Federaciones, Servicios Públicos
El día 3 de mayo, la Sección Sindical de OSTA en el Ayuntamiento de Zaragoza, ha presentado una queja ante el Justicia de Aragón, Ángel Dolado. En ella, denunciamos el uso y abuso de las Comisiones de Servicio, así como el incumplimiento de la legislación vigente y del actual Pacto Convenio, en cuanto a la convocatoria de Concursos de Méritos para cubrir la provisión de puestos de trabajo.
El actual Equipo de Gobierno (ZeC) del Ayuntamiento de Zaragoza viene utilizando desde 2015, de forma continuada y abusiva, la comisión de servicios como sistema general de provisión de puestos de trabajo.
La Sección Sindical de OSTA en el Ayuntamiento, en numerosas ocasiones y en diferentes mesas de negociación, ha planteado el cese de este sistema y el cumplimiento de lo señalado en el artículo 27 del vigente Pacto de aplicación al Personal Funcionario del Ayuntamiento de Zaragoza 2016-2019, en el sentido de que en el último trimestre del año se convoque la provisión de los puestos vacantes mediante concurso de méritos, manifestándosenos verbalmente, por parte de los responsables del Área de Servicios Públicos y Personal, que no estaba prevista dicha convocatoria.
Ante estas negativas verbales, OSTA, con fecha 22 de febrero de 2018 y mediante instancia por Registro General, solicitamos el cumplimiento de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, así como el cumplimiento de lo señalado en el artículo 27 del vigente Pacto de aplicación al Personal Funcionario del Ayuntamiento de Zaragoza 2016-2019. A fecha de hoy tampoco hemos tenido contestación expresa a nuestra petición.
Asimismo, el Pleno de la Junta de Personal del Ayuntamiento de Zaragoza, en sesión celebrada el día 25 de abril de 2018, aprobó por unanimidad y a propuesta de OSTA, una declaración contra el uso de la Comisión de Servicios como sistema de provisión de puestos de trabajo y contra las continuas modificaciones parciales de la RPT.
El Sindicato OSTA ya se dirigió a los tribunales de justicia, recurriendo frente a la desestimación presunta, por silencio administrativo, del recurso de reposición interpuesto contra el Decreto de 30 de octubre de 2015 de la Consejería de Participación Ciudadana y Régimen Interior del Ayuntamiento de Zaragoza por el que se aprueba la convocatoria y las bases para la provisión, en comisión de servicios, de varios puestos vacantes del Ayuntamiento de Zaragoza.
La Sentencia del TSJA de 15 de julio de 2016, recuerda que “Las citadas comisiones de servicios tendrán una duración máxima de seis meses, prorrogable por otros seis, en caso de no haberse cubierto el puesto con carácter definitivo.”
El Justicia de Aragón, en Expediente del año 2000, en la Resolución del mismo, una de las recomendaciones que hacía al Excmo. Sr. Consejero de Economía, Hacienda y Empleo del Gobierno de Aragón, era que “La Diputación General de Aragón debe procurar reducir al mínimo imprescindible el tiempo de duración de las comisiones de servicio. Asimismo deben ofertarse en concurso de méritos todos aquellos puestos vacantes que estén desempeñados en comisión de servicios desde hace más de un año.”.
Por todo ello, OSTA ha presentado la correspondiente queja ante el Justicia de Aragón y, si así lo estima procedente, se dé traslado de la misma al Ayuntamiento de Zaragoza, al objeto de que se dé cumplimiento a la normativa vigente y especialmente a lo establecido en el artículo 27 del vigente Pacto de aplicación al Personal Funcionario del Ayuntamiento de Zaragoza 2016-2019.
17/04/18 | Federaciones, Servicios Públicos
En el día de hoy se ha reunido el Comité de Huelga y la dirección de AVANZA Zaragoza en el Servicio de Mediación y Arbitraje con el fin de llegar a algún acuerdo que permitiera la desconvocatoria de Huelga convocada por el Comité de Empresa.
Los puntos que se han tratado y que han motivado la convocatoria de huelga son:
- Nuevos cuadros de marchas y relevos
- Categorias profesionales del taller
- Incumplimientos del acuerdo SAMA de 3 de octubre
- Renovación de la maquinaria del taller
- Instalación de mamparas en buses híbridos VOLVO
- Aseos en terminales.
Desde OSTA y el resto de la parte social entendemos que los horarios para la realización de viajes son insuficientes y que se están produciendo excesos de jornada continuados que hacen que se sobrepasen tanto los tiempos máximos de jornada (8,10) como los legalmente permitidos (8,19), obligando a la plantilla a realizar horas extraordinarias y desfavoreciendo la conciliación de la vida familiar y laboral.
Se ha vuelto a comunicar a la Empresa el descontento entre el colectivo de ambulantes por los combinados en condiciones extremas y aberrantes que les obligan a realizar, que son consecuencia de los nuevos horarios que la propia Empresa ha puesto en marcha y que queremos que solucione de inmediato.
En cuanto a las categorías profesionales del taller, la empresa ha facilitado el porcentaje de trabajadores en cada categoria y ha anunciado la próxima convocatoria para cubrir 3 puestos de promoción interna. Actualmente hay 67 trabajadores en taller de los que 31 corresponden a la categoría A, 31 a la categoría B y 5 a la categoría C. Con la nueva convocatoria pasarían a ser 33 en la A, 30 en la B y 4 en la C.
Además no se está renovando debidamente la maquinaria de taller, ni están facilitando a los ambulantes que desean hacer su jornada seguida con servicios adecuados para poder realizarlo.
Ante la falta de propuestas de la Empresa, OSTA junto al resto de integrantes del Comité de Huelga hemos solicitado unos mínimos IMPRESCINDIBLES que pasan por:
- GARANTIZAR las pausas entre viajes,
- la unificación de los puntos de relevo y que estos se realicen a la hora establecida mediante el AVISO DE RELEVO si fuera necesario,
- la ENTRADA a cocheras a la hora de finalización marcada, así como que nos entreguen la medición de sus horarios con los que se sirven para indicar que no se producen retrasos ni en los relevos ni en las entradas a
El proximo jueves 19 de abril el Comité de Empresa y la dirección de AVANZA Zaragoza se volveran a reunir en el SAMA.
13/03/18 | Federaciones, Servicios Públicos
El pasado 9 de marzo de 2018, los sindicatos mayoritarios de la Administración Pública en el Estado junto al Ministerio de Hacienda y Función Pública, firmaron el II Acuerdo para la mejora del Empleo Público y de Condiciones de Trabajo.
Este acuerdo vuelve a suponer una nueva injerencia desde Madrid a las Administraciones Públicas aragonesas. Tras numerosos años de recortes por parte de los diferentes Gobiernos del Estado español en materia salarial, jornada de trabajo, tasas de reposición y la vulneración de la negociación colectiva, nos volvemos a encontrar con un acuerdo que, una vez más, busca centralizar las decisiones de la administración pública aragonesa desde el Estado español.
El acuerdo firmado determina que no habrá incremento de gasto ni de efectivos, señalando que para algunos sectores donde no se cumpla con el pago de la deuda y la regla de gasto, la tasa de reposición será del 75%, lo que significa mayor destrucción de empleo.
En cuanto a la parte económica, en ningún momento se garantiza el incremento real del IPC, lo que sigue suponiendo una pérdida del poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras de la Administración Pública en Aragón, tras años de perdida economica.
El acuerdo,deja abierta la posibilidad a traves de la «negociación colectiva», la mejora de los derechos sociales y economicos como la reducción de la jornada laboral y el complemento de Incapacidad Temporal. Derechos ya conquistados por el personal público y que fueron empeorados tras la publicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
II ACUERDO PARA LA MEJORA DEL EMPLEO PÚBLICO
14/02/18 | Federaciones, Servicios Públicos
Desde el sindicato OSTA os informamos que los trabajadores y trabajadoras del sector de la Dependencia, vais a tener un incremento salarial de 1,1% desde el uno de enero de 2018.
Además para este año, los 4 días de libre disposición serán considerados a todos los efectos como efectivamente trabajados.
Llevábamos varios años sin un nuevo Convenio Colectivo que reduzca las 1792 horas anuales, mejore las condiciones laborales y económicas del sector, ya que los sindicatos mayoritarios junto a la patronal, todavía no han firmado un nuevo Convenio Colectivo.
Las tablas salariales para el 2018, son las siguientes.
Residencias Personas Mayores
|
Grupo
|
Cat. Profesional |
S. Base |
Antig |
Festi.
Domin. |
Horas
Noct. |
Dispon. |
H. Extra |
Fest.
Espec. |
A |
Administrador |
1.786,30 |
18,52 |
18,49 |
3,49 |
20,54 |
24,64 |
59,19 |
A |
Gerente |
1.786,30 |
18,52 |
18,49 |
3,49 |
20,54 |
24,64 |
59,19 |
A |
Director |
1.786,30 |
18,52 |
18,49 |
3,49 |
20,54 |
24,64 |
59,19 |
A |
Médico |
1.521,66 |
18,52 |
18,49 |
2,97 |
20,54 |
21,00 |
50,41 |
A |
Titulado Superior |
1.521,66 |
18,52 |
18,49 |
2,97 |
20,54 |
21,00 |
50,41 |
B |
Supervisor |
1.331,44 |
18,52 |
18,49 |
2,60 |
20,54 |
18,37 |
44,12 |
B |
ATS/DUE |
1.331,44 |
18,52 |
18,49 |
2,60 |
20,54 |
18,37 |
44,12 |
B |
Trabajador Social |
1.236,35 |
18,52 |
18,49 |
2,41 |
20,54 |
17,05 |
40,96 |
B |
Fisioterapeuta |
1.236,35 |
18,52 |
18,49 |
2,41 |
20,54 |
17,05 |
40,96 |
B |
Terapeuta Ocupacional |
1.236,35 |
18,52 |
18,49 |
2,41 |
20,54 |
17,05 |
40,96 |
B |
Titulado Medio |
1.210,08 |
18,52 |
18,49 |
2,36 |
20,54 |
16,69 |
40,09 |
B |
Gobernante |
1.022,34 |
18,52 |
18,49 |
1,99 |
20,54 |
14,10 |
33,88 |
C |
TASOC |
1.001,43 |
18,52 |
18,49 |
1,95 |
20,54 |
13,82 |
33,18 |
C |
Oficial Mantenimiento |
1.001,43 |
18,52 |
18,49 |
1,95 |
20,54 |
13,82 |
33,18 |
C |
Oficial Administrativo |
1.001,43 |
18,52 |
18,49 |
1,95 |
20,54 |
13,82 |
33,18 |
C |
Conductor |
985,34 |
18,52 |
18,49 |
1,92 |
20,54 |
13,59 |
32,64 |
C |
Gerocultor |
985,34 |
18,52 |
18,49 |
1,92 |
20,54 |
13,59 |
32,64 |
C |
Cocinero |
985,34 |
18,52 |
18,49 |
1,92 |
20,54 |
13,59 |
32,64 |
C |
Jardinero |
968,06 |
18,52 |
18,49 |
1,89 |
20,54 |
13,35 |
32,08 |
C |
Auxiliar Mantenimiento |
968,06 |
18,52 |
18,49 |
1,89 |
20,54 |
13,35 |
32,08 |
C |
Auxiliar Administrativo |
968,06 |
18,52 |
18,49 |
1,89 |
20,54 |
13,35 |
32,08 |
C |
Portero-Recepcionista |
968,06 |
18,52 |
18,49 |
1,89 |
20,54 |
13,35 |
32,08 |
C |
Limpiador/
Planchador |
893,15 |
18,52 |
18,49 |
1,75 |
20,54 |
12,33 |
29,59 |
C |
Pinche Cocina |
893,15 |
18,52 |
18,49 |
1,75 |
20,54 |
12,33 |
29,59 |
D |
Ayudante Oficios varios |
893,15 |
18,52 |
18,49 |
1,75 |
20,54 |
12,33 |
29,59 |
D |
Personal no cualificado |
893,15 |
18,52 |
18,49 |
1,75 |
20,54 |
12,33 |
29,59 |
Servicio Ayuda Domicilio
|
Grupo |
Cat. Profesional |
S. Base |
Antig |
Festi.
Domin. |
Horas
Noct. |
Dispon. |
H. Extra |
Fest.
Espec. |
A |
Rpble. Coordinación |
1.994,17 |
18,52 |
18,49 |
3,98 |
20,54 |
27,51 |
66,08 |
A |
Jefe Administrativo |
1.487,48 |
18,52 |
18,49 |
2,97 |
20,54 |
20,52 |
49,28 |
B |
Coordinador |
1.409,64 |
18,52 |
18,49 |
2,81 |
20,54 |
19,44 |
46,71 |
C |
Oficial Administrativo |
1.285,70 |
18,52 |
18,49 |
2,57 |
20,54 |
17,74 |
42,60 |
C |
Ayudante Coordinación |
1.127,74 |
18,52 |
18,49 |
2,25 |
20,54 |
15,56 |
37,37 |
C |
Auxiliar Administrativo |
972,96 |
18,52 |
18,49 |
1,94 |
20,54 |
13,43 |
32,24 |
C |
Auxiliar Ayuda Domicilio |
972,96 |
18,52 |
18,49 |
1,94 |
20,54 |
13,43 |
32,24 |
Servicio de Teleasistencia
|
A |
Director Gerente |
1.520,59 |
18,52 |
18,49 |
2,97 |
20,54 |
20,97 |
50,38 |
A |
Dir. Centro Teleasistencia |
1.474,20 |
18,52 |
18,49 |
2,88 |
20,54 |
20,34 |
48,84 |
A |
Director Territorial |
1.451,03 |
18,52 |
18,49 |
2,84 |
20,54 |
20,02 |
48,08 |
B |
Supervisor |
1.427,84 |
18,52 |
18,49 |
2,78 |
20,54 |
19,70 |
47,31 |
B |
Coordinador |
1.233,46 |
18,52 |
18,49 |
2,41 |
20,54 |
17,02 |
40,87 |
B |
Técnico Informático |
1.252,01 |
18,52 |
18,49 |
2,44 |
20,54 |
17,27 |
41,49 |
C |
Oficial Teleasistencia |
1.145,35 |
18,52 |
18,49 |
2,24 |
20,54 |
15,80 |
37,95 |
C |
Teleoperador |
1.058,45 |
18,52 |
18,49 |
2,06 |
20,54 |
14,61 |
35,07 |
C |
Instalador |
1.020,15 |
18,52 |
18,49 |
1,99 |
20,54 |
14,07 |
33,80 |
C |
Auxiliar Administrativo |
972,70 |
18,52 |
18,49 |
1,90 |
20,54 |
13,41 |
32,23 |
C |
Telefonista/Recepcionista |
972,70 |
18,52 |
18,49 |
1,90 |
20,54 |
13,41 |
32,23 |
13/02/18 | Federaciones, Servicios Públicos
Desde el Sindicato OSTA, convocamos una asamblea abierta para todos los trabajadores y trabajadores de DGA, tras la firma del acuerdo de la Mesa General de Negociación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para la mejora del empleo público de la Administración Autonómica. En la asamblea os daremos respuesta a todas las dudas que os puedan surgir respecto a vuestra situación laboral actual y futura. Entre los temas que se trataran:
- Diferencias entre oposición libre, concurso-oposición y promoción interna.
- ¿Qué son los procesos de estabilización de empleo? ¿Qué son los procesos de consolidación de empleo?. Diferencias fundamentales.
- ¿A quienes afectan?
- ¿Qué plazas salen a oferta?
- Cómo se articulan estos procesos.
- Fases del Concurso-oposición y criterios fundamentales.
- Materias que quedan pendientes de la Negociación Colectiva.
La asamblea tendrá lugar:
- Martes 27 de febrero de 17:00 horas a 19:00 horas.
- En la C/ PABLO REMACHA 9 CP 50008 (OSTA)