12/12/18 | Federaciones, Servicios y Afines
La parte social de la mesa negociadora del convenio colectivo de Limpieza de Edificios y locales de la provincia de Zaragoza ha citado a las patronales del sector el próximo día 14 de Diciembre del 2018 para darles una nueva oportunidad para que se avengan a firmar el convenio colectivo.
Tras más de once meses dereuniones de la mesa negociadora laspatronales del sector ASPEL (de ámbito estatal) y ASOAL (de ámbito local),ambas integradas en CEOE y CEPYME respectivamente, siguen intentando dilatar almáximo las negociaciones mostrando una actitud inmovilista y de bloqueo.
Los más de 8.000
trabajadores de la limpieza, de los que el 95% son mujeres, continúan sin aumentos de salarios y sin renovar el
texto convencional, un colectivo de trabajadores que han visto aumentar sus
salarios en un 1,7% entre los años 2012 a 2017, perdiendo un ingente poder adquisitivo
y con el peligro de que el convenio desaparezca si no se renueva antes de 31 de
diciembre del presente año.
Ante esta situación CCOO
de Construcción y Servicios de Aragón, la Federación de Servicios, Movilidad y
Consumo de UGT y OSTA han decidido
convocar a las patronales del sector para que se avengan a pactar, en
consonancia con los criterios del Acuerdo por el
Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), subidas salariales de entorno al 2% para cada
uno de los años de vigencia del convenio colectivo.
Esas subidas salariales han sido ya asumidas
por ASPEL recientemente en convenios colectivos de otras provincias, incluso
con salarios de partida mayores que los de Zaragoza, y a pesar de haber manifestado
las patronales no sentirse concernidas por el IV Acuerdo
para el Empleo y la Negociación Colectiva.
Los sindicatos exigen a
las patronales del sector que dejen de
exprimir a sus trabajadores para incrementar sus cuentas de resultados y que la
recuperación del sector en Aragón llegue
a los trabajadores de limpieza de las tres provincias, ya que los tres
convenios provinciales se encuentran en la misma situación de bloqueo.
Si las patronales del
sector ASPEL y ASOAL, no atienden a
razones no se descartan cuantas medidas sean necesarias emprender para la
defensa de las condiciones de trabajo en el sector.
11/12/18 | Federaciones, Industria y Derivados
Desde la Federación de Industria y Derivados de OSTA, os informamos de las
condiciones de la jubilación parcial con contrato de relevo en las empresas
manufactureras tras la modificación de la legislación vigente.
Estas condiciones se aplicarán a las empresas de la Industria Manufacturera,
es decir, aquellas que dediquen su actividad a la transformación de materias
primas en bienes finales o semifinales, o lo que conocemos como sector
secundario.
Los requisitos para acceder a dicho contrato son los siguientes:
- Jornada: Tener
un contrato a jornada completa, se asimilan los contratados a tiempo parcial
cuyas jornadas, en conjunto, equivalgan en días teóricos a los de un trabajador
a tiempo completo comparable, siempre que se reúnan en los distintos empleos
los requisitos de antigüedad, reducción de jornada y contratación del
relevista.
- Edad: Haber cumplido 61
años o 60, si tenías la condición de mutualista el 1 de enero de 1967.
- Antigüedad: Debes
acreditar un periodo de antigüedad en la empresa de al menos 6 años
inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación.
- Reducción de Jornada: Deberá
reducirse entre un 25 y un 67%. Si el
relevista es contratado a jornada completa con un contrato de duración
indefinida, la reducción podrá ser del 80%.
- Base de cotización de la persona
relevista: No podrá ser inferior al 65% del promedio de
las bases de cotización de los últimos 6 meses del periodo de base reguladora
de la pensión de jubilación.
- Cotizaciones: Debes
acreditar un periodo de cotización de 33 años sin tener en cuenta la parte
proporcional correspondiente por pagas extraordinarias. Solo se computará el
periodo de prestación militar obligatoria o de la prestación social
sustitutoria, con límite máximo de un año. Si tienes un grado de discapacidad
igual o superior al 33%, el periodo de cotización exigido será de 25 años.
- Cotización durante la jubilación
parcial: Las empresas que opten por el contrato de relevo deberán
cotizar por la jornada reducida de quienes acceden a la jubilación parcial.
- Tu labor en tu puesto de trabajo: Debes
realizar directamente funciones que requieren un esfuerzo físico o alto grado
de atención en tareas de fabricación, elaboración o transformación, así como en
las de montaje, puesta en funcionamiento, mantenimiento y reparación
especializados de maquinaria y equipo industrial en empresas calificadas como
industria manufacturera.
- Contratación Indefinida: Como
mínimo, el 70% de la plantilla de la empresa deberá tener un contrato
indefinido.
Desde la Federación de
Industria y Derivados de OSTA, valoramos positivamente que se prorrogue el
acuerdo para realizar contratos de relevo en la industria manufacturera, aunque
entendemos que el texto es discriminatorio con otros sectores y se debería
hacer extensivo al conjunto de las y los trabajadores.
28/11/18 | Destacados, Servicios y Afines
Otro jueves más, la plantilla de CHIP Audiovisual volverá a salir a la calle para pedir que se dé respuesta a las peticiones de mejoras salariales.
Las concentraciones tendrán lugar el próximo jueves día 29 de noviembre frente a las sedes de CARTV (14:30 horas) y de Heraldo de Aragón (20:30 horas).
Con estas propuestas el comité de empresa quiere seguir mostrando su absoluto descontento con las condiciones laborales y salariales con las que llevan a cabo su trabajo, y a pesar de que la empresa ha entablado ya una vía de negociación con el comité, las propuestas realizadas distan mucho de las peticiones exigidas por la plantilla.
Por estas y otras cuestiones, el próximo jueves se volverá a hacer público su descontento dando muestra de la unidad y fortaleza de una plantilla dispuesta a seguir movilizándose mientras no se resuelva su situación.
nota de prensa Comité CHIP
23/11/18 | Destacados, Igualdad
La violencia de género es un problema social que tiene sus raíces en la desigualdad entre hombres y mujeres que siempre ha existido y todavía se mantiene en nuestra sociedad, porque una de las estrategias del patriarcado es naturalizar la desigualdad, impactando de manera negativa en la identidad de la mujer y en su bienestar.
La sociedad patriarcal hace que la violencia contra las mujeres no sea exclusiva de ningún sistema político o económico, dándose en todas las sociedades del mundo, sin distinción de la posición económica, raza o cultura. Las estructuras de poder de la sociedad que la perpetuán se caracterizan por su profundo arraigo y por su intransigencia.
En cualquier sitio del mundo la violencia y las amenazas impiden a las mujeres ejercitar sus derechos como personas y por lo tanto no poder disfrutar de ellos.
Este tipo de violencia, constituye una violación de los derechos humanos y se manifiesta de distintas maneras, desde las más básicas que están normalizadas en nuestra sociedad. Lo que llamamos micromachismos, son los comportamientos «invisibles» de violencia y dominación sobre las mujeres, que casi todos los varones realizan cotidianamente en el ámbito de las relaciones de pareja: publicidad sexista, bromas, chistes y canciones machistas y un largo etc.
Desde el Departamento de Igualdad de OSTA, queremos que la sociedad tome conciencia de estas situaciones para que las cosas empiecen a cambiar de verdad, por eso os animamos a todos y a todas a denunciar estos hechos.
A continuación os dejamos la carta de una trabajadora víctima de violencia de género, donde relata las agresiones vividas en los últimos años.
CARTA: SOLO SE VIVE UNA VEZ
23/11/18 | Destacados, Federaciones, Servicios y Afines
Hoy día 23 de noviembre se celebra, como cada año, el día del “Black Friday” y de nuevo son los y las trabajadoras del sector comercio las que tienen que “pagar” el beneficio de los de siempre a costa de la conciliación.
Diferente es el caso de los y las trabajadoras a los que se les aplica el Convenio Colectivo del sector textil de la Provincia de Zaragoza, ya que según viene recogido en el texto “la prestación de trabajo fuera del horario habitual de apertura del establecimiento debido a trabajos especiales (“Black Friday”, víspera de Reyes, etc.) o preparación para las mismas (remarque de etiquetas, cambio de temporada, preparación de rebajas, etc.) será voluntaria”. El artículo añade que el salario por cada hora de trabajo dentro de estas jornadas será superior al establecido para la hora ordinaria en el convenio.
Desde OSTA recordamos al resto de los y las compañeras del comercio que sea del tipo que sea la tienda, cualquier modificación de horarios debe ser notificada al/la trabajadora para que pueda oponerse a la misma. Las empresas tienen herramientas suficientes para poder garantizar el servicio en esas jornadas especiales, el problema es que lo plantean como imposición y se ha convertido en una costumbre, a nuestro juicio ilegal, en la mayoría de casos.
Nuestro objetivo como sindicato es la regulación en el resto de convenios del sector condiciones que garanticen la voluntariedad del trabajo en jornadas especiales, y así lo plasmaremos en las próximas negociaciones que nos vienen el próximo año (comercio muebles, comercio zapatos, óptica, etc…).