Aramark no aplicará ERTE en colegios públicos

Aramark no aplicará ERTE en colegios públicos

Con fecha de hoy hemos tenido conocimiento de que Aramark ha tomado la decisión de NO aplicar ERTE a los y las compañeras que trabajan en centros públicos, y por tanto se percibirá el 100% del salario en los próximos días. Dicha comunicación será, previsiblemente, anunciada por la empresa en los próximos días.


Suponemos que todo ello viene motivado por lo establecido en el Art. 34.1 del Real Decreto-ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19., que establece que “… La entidad adjudicadora deberá abonar al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste durante el periodo de suspensión”.


Desde OSTA, como ya hemos manifestado en otros escritos, hemos venido manteniendo desde la publicación de este decreto que las Administraciones Públicas deben de indemnizar los salarios de los y las trabajadoras, y en ese sentido celebramos la decisión tomada por la empresa.


No obstante, seguimos recordando que existe un gran número de compañeros/as que lamentablemente sí que tendrán que verse afectados con la suspensión de contratos debido a que no prestan servicios para las Administraciones Públicas, y en ese sentido instamos a las empresas de cátering a tomar medidas para que estas se vean lo menos afectadas posibles por dicho proceso (complemento o adelanto de salarios, acumulación de vacaciones, acumulación de pagas, compromisos de empleo, etc) …

Aramark no aplicará ERTE en colegios públicos

OSTA vigilará para que no se produzcan ERTES en fraude de ley

El pasado día 17 de marzo fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 8/2020, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

En él se establecen, entre otras medidas, que cuando la ejecución de un contrato público de servicios y de suministros de prestación sucesiva quedase en suspenso, la entidad adjudicadora deberá abonar al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste durante el periodo de suspensión.

En este sentido, y entre otras cuestiones, las Administraciones Públicas podrán indemnizar los gastos salariales que efectivamente hubiera abonado el contratista al personal durante el periodo de suspensión.

Así pues, desde OSTA entendemos que existen sectores (restauración colectiva, monitoras de comedor, transporte escolar, entre otros…), a los que no se les debería aplicar un ERTE, y que deberían ser las empresas las que al amparo del art. 34 del Real Decreto-ley 8/2020 solicitaran a las Administraciones correspondientes el abono de los salarios de los y las trabajadores, y mucho más en estos sectores debido a la parcialidad de dichos trabajadores.

Por ello, desde la Organización Sindical de Trabajadores de Aragón estaremos vigilantes con todos los ERTES que se produzcan en sectores con contratos de servicios de las AAPP, y tomaremos las medidas oportunas en aquellos que consideremos que se están realizando en fraude de ley.

Negociación del II Plan de Igualdad en H&M

Negociación del II Plan de Igualdad en H&M

El pasado día 20 de febrero de 2020 tuvo lugar la segunda reunión para la negociación del II Plan de Igualdad de la empresa H&M.

Como ya informamos en la anterior reunión a la empresa y así lo constatamos a través de un correo electrónico, OSTA asistió a la reunión, al entender que teníamos todo el derecho a formar parte de la negociación del Plan de Igualdad por cuanto a la plantilla que representábamos.

Como no podía ser de otra manera, finalmente se reconoció a OSTA como parte integrante de la Comisión Permanente de Igualdad, quedando la misma constituida la parte social por los sindicatos: CCOO, UGT, ELA y OSTA.

En la reunión, se firmó igualmente el Reglamento de funcionamiento de la Comisión, haciendo entrega la empresa de un Diagnóstico inicial que en los próximos días comenzaremos a estudiar por si se hiciera necesario incluir algún tipo de alegación.

Terminada la reunión nos emplazamos para el próximo día 30 de marzo, ya fijado en el calendario de reuniones.

Desde OSTA podemos decir que nos sentimos satisfechos ante el nuevo posicionamiento de la empresa a la hora de entendernos como interlocutores válidos, en una negociación que va a ser clave a la hora de trabajar contra las discriminaciones que las mujeres sufren en el mundo laboral.

OSTA gana las elecciones en Martín Martín

OSTA gana las elecciones en Martín Martín

El pasado día 18/02/2020 finalizó el proceso de elecciones sindicales en la empresa Martín Martín (grupo Flamen&co), en la que se renovó el comité de empresa que representará a la plantilla durante los próximos 4 años.

En dicho proceso participaron los más de 300 trabajadores y trabajadoras con las que cuenta la empresa, repartidas en unas 45 tiendas en la provincia de Zaragoza.

El nuevo comité estará formado por 5 miembros de OSTA, 4 de UGT, 3 de MIT y 1 de CCOO.

Desde la sección sindical de OSTA en la empresa, valoramos de manera muy positiva dichos resultados ya que además de haber crecido en representatividad (pasamos de 4 a 5 miembros en el comité), también hemos crecido en Nº de votos, doblando prácticamente a los obtenidos en las pasadas elecciones.

Este hecho pone de manifiesto el buen hacer realizado por la sección sindical durante estos 4 años, y nos anima a seguir trabajando de manera firme para defender los derechos e intereses de la plantilla de Martín Martín.

Negociación del II Plan de Igualdad en H&M

Información del Plan de Igualdad de H&M

El pasado día 23 de diciembre de 2019 la Dirección de Hennes and Mauritz (H&M) convocó a las Organizaciones Sindicales con representación en la empresa con la intención de comenzar la negociación del II Plan de Igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

El día 4 de febrero tuvo lugar la primera reunión en las oficinas de la empresa que la compañía tiene en Barcelona, a la que asistió OSTA, ELA, UGT y CCOO.

En esta reunión se tenía que constituir la Comisión Permanente de Igualdad (CPI), así como fijar un calendario de reuniones y entregar toda la documentación a la parte social.

Para la composición de la CPI la compañía propuso ajustarse a lo dispuesto en el artículo 87 del Estatuto de los Trabajadores respecto a la negociación colectiva, dejando a OSTA fuera de la negociación al no ser uno de los sindicatos más representativos en la empresa (en Aragón somos el único sindicato con representación con cuatro delegadas).

La parte social por el contrario, entendiendo que todas las organizaciones sindicales presentes estábamos legitimadas propuso que en la composición de la CPI estuviéramos toda las organizaciones sindicales con representación.

Lamentablemente la Dirección de la empresa alegando que dicha composición podría verse expuesta a posibles impugnaciones por parte de otras centrales sindicales, que aunque habiendo sido convocadas no estaban presentes en la reunión, no quiso entrar a valorar la propuesta realizada por la parte social.

La reunión finalizó con la presentación de un acta por parte de la empresa que finalmente no fue firmada por nadie de la parte social, en la que constaban una serie de “acuerdos” como la composición de la Comisión que realmente fue una imposición por parte de la empresa y con la que la parte social no estuvo de acuerdo.

Desde OSTA vamos a continuar insistiendo en nuestra intención de formar parte de la Comisión negociadora del Plan de Igualdad con pleno derecho, así se lo vamos a seguir trasladándolo a la empresa, e iniciaremos los procesos legales necesarios para defender los derechos e intereses tanto de OSTA como de toda la plantilla de H&M en Aragón.