25/06/24 | Federaciones
Derivado de la demanda que interpuso OSTA contra la empresa, por el trabajo realizado en domingos sin acuerdo con la Representación Legal de los Trabajadores como obliga el convenio sectorial, la dirección de la empresa de Profand Zaragoza abrió un proceso negociador para regularizar los mismos y dar legalidad al trabajo en domingos.
Tras varios meses de negociación infructuosa, en los cuales prácticamente no se había avanzado nada en las propuestas, en las últimas 2 semanas se han producido unos avances, sospechosamente demasiado rápidos, que han sido comprados por la mayoría del comité de empresa (ccoo junto con delegados de ugt y mit) alcanzando un preacuerdo, que desde OSTA nos parece insuficiente, además de injusto, ya que no cumple a nuestro entender, con los principios de igualdad retributiva.
Se ha producido una mejora económica muy diferenciada al personal de un turno de trabajo (turno 2), mientras el otro turno de trabajo (turno 1) prácticamente se le ha dejado con un incremento mínimo.
- El turno 1 que trabajará 2 sábados al mes, recibirá un incremento del plus de turno de 15€ más y solo podrá elegir 1 sábado al año de no trabajo.
- El turno 2, que trabajará 4 sábados al mes, recibirá un incremento del plus de turno de 40€ y podrá elegir 4 sábados de no trabajo.
Aun valorando positivamente que esta organización de trabajo en domingo sea de carácter voluntario (una lineal roja que teníamos desde nuestro sindicato) o con nuevas contrataciones, y que se aplique una mejora en las pausas, no comprendemos como se ha llegado tan rápido a un principio de acuerdo sin agotar los plazos negociadores ni presionar más en la propia negociación.
Además, se han dejado de negociar varios puntos de la plataforma unitaria del comité de empresa en este preacuerdo, que se aplicará con un vigencia de 6 años, decidiendo nuestras condiciones actuales y de futuro para toda la plantilla, como por ejemplo:
- Un plus de producción mensual de 50 euros al mes, en función de los objetivos alcanzados y la puesta en valor del trabajo realizado.
- Posibilidad de elegir entre un plus anual de 200 euros para utilizar en ópticas, dentistas, fisioterapeutas y demás consultas oficiales relacionadas con la salud o que la empresa se haga cargo del 50% de la cuota del seguro de salud.
- Permiso retribuido para la asistencia al médico especialista y acompañamiento de hijos/as, o padres y madres sin límite de horas médicas.
- Intentar equilibrar más condiciones económicas y organizativas entre el turno 1 y el turno 2.
Creemos que después de todo el esfuerzo realizado, la plantilla se merecía un preacuerdo más completo y no contentarnos con unas condiciones a medio camino de nuestra plataforma negociadora aprobada por la unanimidad del comité.
Por estos motivos OSTA vota NO a este acuerdo y valoramos negativamente la oportunidad perdida para mejorar sustancialmente nuestras condiciones de trabajo para los próximos años.
Por todo ello, seguiremos manteniendo como Sindicato nuestras reivindicaciones de mejora en los aspectos que se han quedado por el camino como son: permisos de conciliación y enfermedad, complementos económicos para la salud y reducción de las diferencias económicas entre los turnos para reducir las desigualdades económicas.
17/06/24 | Federaciones, Industria y Derivados
Tras la comunicación de una posible modificación sustancial de condiciones de trabajo, situación que afectaba principalmente, al área de producción, llegamos a un acuerdo que mejora el convenio provincial del Metal.
El acuerdo tiene una vigencia de dos años, del 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026 y no podrá ser ni compensable ni absorbible.
Se han establecido unas categorías profesionales, donde se recogen las funciones a desempeñar Se establece un plus de jefe de línea en función de la responsabilidad. Se incrementa a lo pactado en el metal el valor de hora nocturno 2 euros/diarios por hora laborable nocturna como plus de nocturnidad y este valor sufrirá también los incrementos pactados.
En caso de la implementación de un turno rotativo de fines de semana y festivos, se establece lo siguiente:
- Total plus sábado jornada completa: 90 Euros
- Total plus domingo jornada completa: 100 Euros
- Total Plus festivo jornada completa: 110 Euros
- Estableciendo el 1 enero, 12 octubre, 24-25 diciembre y 31 diciembre como descanso por cómputo anual del calendario.
Se acuerda realizaran contrato de relevo en las próximas jubilaciones.
Se establece una paga de 375 euros lineales para toda la plantilla, proporcional a la jornada. También se incluye una Paga de Beneficios anual no consolidable para los años 2024,2025 y 2026 que consiste en que si el resultado del EBITDA esta por encima del 5% y hasta el 15% se puede llegara percibir hasta el 3%.
Todos estos conceptos tienen un carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024 que es la vigencia del acuerdo.
En cuanto a mejoras sociales, se mejora el convenio del Metal con el disfrute de 8 horas de libre disposición al año retribuidas, solicitado con mínimo 15 días de antelación.
Desde OSTA valoramos este acuerdo como muy positivo, puesto que mejora las condiciones del Metal, lo que demuestra que incluso con pactos de empresa se pueden mejorar acuerdos de ámbito superior.
15/05/24 | Federaciones, Industria y Derivados
Tras cuatro años de negociación, OSTA, junto con las personas trabajadoras que forman la plantilla, ha firmado un nuevo convenio en UTEDEZA, la depuradora de aguas residuales en la Cartuja Baja de Zaragoza.
En este nuevo convenio, el cual se ha dilatado en el tiempo debido a diferentes causas, como la compra de la empresa por parte de VEOLIA, recoge varias mejoras respecto al anterior, el cual estaba desactualizado y caducado desde diciembre de 2020, además de no ajustarse a la realidad de la planta ubicada en Zaragoza.
Todo ello se ha conseguido mediante varias movilizaciones y reivindicaciones realizadas por las personas trabajadoras a lo largo de los meses que ha durado esta negociación.
En el caso de incrementos nos encontramos con unas subidas ajustadas al IPC de los últimos años, lo que hace que las personas trabajadoras no pierdan poder adquisitivo, ya que en el 2022 se incrementa un 5,5% y en el 2023 un 5,7%.
Para el resto de años se establece una fórmula dependiendo de varios parámetros, pero se establece el 75% del IPC.
Respecto a la Jornada laboral el número de horas de trabajo pasa de ser de 1752 a 1744, además, el personal de jornadas (turno continuo), tendrá una jornada anual de unas 1600 horas.
Respecto al horario de trabajo del personal que no va a turno continuo, se va a reflejar el que están realizando actualmente por ello se ha ajustado el horario a demanda de las personas trabajadoras siendo este a jornada continua de 7:00 a 15:00 y de 14:00 a 22:00.
Un punto que desde OSTA se había denunciado varias veces y la empresa no quería reconocer, finalmente estará recogido en el convenio, se trata de un plus de 350€ anuales para las personas trabajadoras que no puedan disfrutar del exceso de jornada debido a su turnicidad.
En el ámbito de salud laboral se ha dado un gran paso, ya que el propio trabajo en la depuradora es algo penoso, por ello se ha establecido que las personas mayores de 60 años tendrán prioridad para salir del trabajo a relevos, guardias y trabajos en espacios confinados y en alturas.
El Seguro de accidentes de trabajo se incrementa en 5.000€, la indemnización será de 40.000€ (antes 35.000€) durante la vigencia del convenio colectivo.
Otro de los grandes problemas en la planta era el concepto de hora extraordinaria, ya que se estaban cobrando por debajo de la hora ordinaria ya que no se habían actualizado, por ello se ha establecido una tabla, respetando la normativa e incrementando dichos valores por categorías profesionales. A partir de ahora se cobrarán x1,5 la hora extra normal y a x2 la hora extra festiva.
Además, en caso de tener que sustituir al personal de turnos los fines de semana, será compensado de la siguiente manera: por un sábado, un día a convenir por el trabajador; por un domingo o festivo, un día a convenir por el trabajador y el importe de una hora ordinaria de la tabla por hora trabajada. Por otro lado, el personal a turnos cobrará una hora extraordinaria por cada hora trabajada en días festivos.
Uno de los puntos donde las personas trabajadoras van a ver incrementada su nómina es el plus transporte, ya que se ha establecido para este año en 115€ mensuales, se partía de 88,60 € desde el año 2018.
La firma de este convenio significa una importante mejora para las personas trabajadoras de la plantilla. Este es solo un ejemplo más de que con lucha, tesón y resistencia, la clase trabajadora puede conseguir logros como este que se traduzcan en una mejora de calidad de vida de las personas que no solo se merecen, sino que son posibles y justas.
22/04/24 | Federaciones, Industria y Derivados
Tras haber alcanzado un preacuerdo de convenio colectivo en Linamar, hemos realizado un referéndum con la plantilla, lo cual nos ha ratificado esta negociación con un apoyo del 78% de los votos a favor.
En este referéndum ha participado 306 personas trabajadoras, de las cuales 240 han votado que si al convenio, 59 han votado no y 7 votaron en blanco, este convenio recoge las siguientes mejoras:
Incremento salarial del 2024 del 4,1%
Incremento salarial del 2025 IPC de 2024 + 1% fijo
Incremento salarial del 2026 IPC de 2025 + 1% fijo
Incremento salarial del 2027 IPC de 2026 + 1% fijo
El tope máximo del IPC al cual se le aplicara el 1%, será del 3,5% (incremento total 4,5%) en caso de que el IPC superará el incremento total, se realizara una revisión del 50% de la diferencia.
Además de estos incrementos, este preacuerdo recoge también el incremento de algún plus, la posibilidad de teletrabajo en determinadas situaciones, la posibilidad de jubilación parcial y alguna mejora social (permisos, disfrute de excesos de jornada, consolidaciones…).
Valoramos este preacuerdo como muy positivo ya que con él, conseguimos unos incrementos superiores a la media de los convenios negociados, además de solo contener mejoras para las personas trabajadoras de Linamar, sin suponer ningún tipo de merma de derechos o condiciones.
Por otro lado, consideramos positivo el haber alcanzado este acuerdo de convenio, evitando recurrir al conflicto colectivo de una manera recurrerente, como ha sucedido históricamente en esta empresa, demostrado que si las partes tienen voluntad negociadora es posible llegar a acuerdos beneficiosos para las personas trabajadoras.
Queda acreditado, que cuanto más peso tiene OSTA en una negociación de convenio, mejores acuerdos se consiguen
02/01/24 | Industria y Derivados
El pasado 23 de diciembre de 2023 se publicó el convenio colectivo del sector de Industria, Tecnología y Servicios del Sector del Metal de Zaragoza.
Una vez analizado este convenio, OSTA rechaza el mismo, ya que en su conjunto, supone un retroceso en las condiciones laborales de las más de 70.000 personas trabajadoras que se rigen por este convenio, con unos incrementos económicos que ni siquiera contienen los marcados por la AENC, que estos mismos sindicatos han firmado, además de atacar directamente a la conciliación de todas las personas trabajadoras del sector, con una flexibilidad que se articula a través de una bolsa de horas de 6 días al alza y 6 días a la baja retribuidos, que abre la posibilidad de obligar a trabajar incluso el fin de semana, sumado a la eliminación del actual plus transporte a partir del año 2024 sustituyéndolo por uno inferior económicamente para los nuevos contratos que se realicen.
Cuando los beneficios empresariales y el incremento del coste de la vida siguen disparados, aquí en Aragón, los sindicatos institucionalizados siguen aceptando nuevos recortes y pérdidas de derechos, en el convenio más importante que se negocia en la provincia de Zaragoza.
Los incrementos acordados serán:
- Para el primer año de vigencia (2023) se pacta un incremento del 3% sobre las tablas actualizadas de 2022, pero el devengo retributivo será solo desde el 1-07-2023.
- Para el segundo año de vigencia (2024): se pacta un incremento del 3% sobre las tablas de 2023 con efecto de aplicación y devengos a partir del 1 de enero de 2024.
- Para el tercer año de vigencia (2025): se pacta un incremento del 3% sobre las tablas 2024 definitivas y actualizadas si procede, con efecto de aplicación y devengos a partir del 1 de enero de 2025.
- Para el cuarto año de vigencia (2026): se pacta un incremento del 2,5% sobre las tablas 2025 definitivas y actualizadas si procede, con efecto de aplicación y devengos a partir del 1 de enero de 2026.
Se firma una actualización de tablas respecto al IPC limitada a un máximo del 1% además de no contemplar el pago de atrasos (como se ha venido haciendo hasta ahora).
Se establece una paga compensatoria de convenio por importe de 400 euros a abonar el 31 de enero de 2026, a las personas a jornada completa o el importe equivalente en virtud de su jornada cumpliendo una serie de requisitos.
Respecto a licencias y permisos, se adecuan a la legislación vigente ampliando el permiso por hospitalización y enfermedad grave a 5 días.
Se ha firmado una bolsa de horas, lo que implica una flexibilidad obligatoria, la bolsa de horas se podrá planificar para la totalidad de la plantilla, pudiendo aplicarse por áreas o secciones de 6 días al alza y 6 días a la baja, incluyendo el trabajo obligatorio en Sábados.
En resumen, este convenio no garantiza el poder adquisitivo de las personas trabajadoras en el sector, y, además, interfiere en la vida laboral y familiar con una flexibilidad obligatoria.
A continuación os adjuntamos el Convenio Colectivo publicado.
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